EL GOLPE BLANDO DESDE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL – ISRAEL QUINO


Por: Israel Quino

Con extraña #reticencia legisladores en la ALP esperan el fallo constitucional q una vez notificado (en sede legislativa) intente reanudar el proceso de selección de postulantes para una (im)posible elección judicial este 2023.
La alarma es #extrema porque se deja entrever q mediante una #SentenciaConstitucional “los magistrados” pretenderían (como un supuesto o posibilidad) prolongarse en sus cargos hasta nuevo aviso en el caso d q no hubieran los 2/3 para aprobación de ternas de postulantes y ello imposibilite candidaturas para nuevas elecciones.
Ese fallo sería de #InconstitucionalidadPlena porque la CPE dispone q su periodo d mandato es de #SeisAños y además dispone una prohibición de reelección de todos los cargos en la cúpula judicial. Es así q la Constitución prohíbe expresamente q “los magistrados” no se queden un día más allá de su periodo de mandato y que puedan postular por otras instituciones para reelegirse en uno d los cargos de las 26 autoridades d la cúpula #judicial en Bolivia: Art.183.I [Tribunal Supremo Justicia], Art. 188.III [Tribunal Agroambiental], Art. 194.III [Consejo de la Magistratura], y Art. 200 [Tribunal Constitucional Plurinacional]. Con las notables excepciones, la #crisis del sistema de justicia en el país “en parte” es gracias a la actual estructura de poder en este órgano del Estado.
Desde luego q de existir esa acción sería objeto de un #JuicioDeResponsabilidades contra magistrados del TCP, a menos q el poder se quede expectante y con miradas permisivas q nos permitan inferir que hubo complicidad política en el supuesto fallo.
Sin embargo hoy sería #inconcebible pensar q una resolución constitucional quiebre el #EstadoConstitucionalDeDerecho en Bolivia y se atente a su estructura orgánica; la democracia estaría en grave riesgo y podría entenderse a ese acto (en caso de existir) hasta como un #GolpeBlando o #GolpeDeEstadoTécnico.
Un #GolpeBlando o #GolpeDeEstadoTécnico se origina por el uso indebido o extraordinario de parte de uno, dos o más poderes del Estado para anular parcial o totalmente a otro u otros poderes de la misma composición orgánica del Estado (en Bolivia: Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral). Este recurso generalmente es utilizado para: imponer hegemonía sobre el resto de los otros órganos de poder, para reducir, menoscabar o acabar con los excesos en el ejercicio de una determinada autoridad o grupo de autoridades, para viabilizar una reforma a la estructura estatal, para legalizar forzosamente la permanencia en el poder, para transgredir el mandato de la ley fundamental (Constitución) vía artificios jurídicos, para perpetuarse ilegítimamente en el poder usando para ello las ultraformalidades legales o para autoproclamarse en el poder inconstitucionalmente en situaciones de alta crisis.
Sobre la reestructuración-composición de la cúpula judicial en el país; hoy pasamos de la tesis del #DecretazoPresidencial para designación al #GolpeBlando desde la propia estructura del sistema de justicia boliviano para perpetrarse en sus cargos ante la mirada permisiva de los otros órganos y q todos continúen detentando sus sistemas de beneficios desde el poder.
Quizás el #pueblo no lo sabe; pero existe un (1) magistrado q cumplirá 12 años (desde las elecciones del 2011) q permanece al interior de “la cúpula del poder” judicial (dos periodos en dos diferentes instituciones) y es el mismo q dijo en noviembre de 2019 q la sucesión presidencial y la toma del poder político a cargo de la Senadora #Añez fue #legal. Casualmente ese mismo magistrado hoy es parte del #TribunalConstitucionalPlurinacional.